Atendemos casos de familia, educación especial, tercera edad, vivienda, menores, mantenimiento de ingresos, quiebras, veteranos, derechos civiles, derechos de comunidades y ambiental, derechos de consumidores, trabajadores agrícolas, entre otros.
Ofrece orientación, asesoría y representación legal a menores de edad con alguna necesidad de educación especial.
Ofrece servicios de litigación y apoyo en casos que afectan grupos y comunidades en asuntos de desarrollo económico, ambientales, permisos y otros. Además, ofrece capacitación sobre desarrollo económico comunitario y para la creación de microempresas.
Ofrece servicios de representación y orientación legal a personas cuya primera residencia está en peligro de ejecución o en procesos de mitigación de pérdidas.
Es la división especializada en los derechos de los trabajadores agrícolas que emigran a los Estados Unidos para laborar estacionalmente en fincas y agro-industrias, o de los trabajadores agrícolas que laboran en la Isla.
Es una iniciativa de la Rama Judicial de Puerto Rico cuyo propósito principal es agilizar los procedimientos judiciales en los casos de menores que son víctimas de maltrato y negligencia, y que se encuentran bajo la custodia del Estado.
Este programa permite a los abogados y abogadas de la práctica privada ofrecer servicios a nuestra clientela, por una tarifa reducida. Este programa hace accesible nuestros servicios a personas que viven en áreas remotas.
Forma parte de nuestro equipo de abogados de la práctica privada que atienden casos que Servicios Legales de Puerto Rico no puede representar y amplía las alternativas de servicios que brindamos a los
ciudadanos de escasos recursos.
Su aportación ayudará a proteger los derechos de la niñez con necesidades especiales, a víctimas de violencia doméstica, a sobrevivientes de desastres naturales, a aquellos a punto de perder su hogar y a otros tantos que necesitan de nosotros para responder eficazmente y atender sus necesidades legales civiles más apremiantes.
Recientemente, Servicios Legales de Puerto Rico (SLPR) prevaleció en un caso en el cual el Tribunal Supremo de Puerto Rico decidió que la entidad está exenta del pago de aranceles en trámites presentados ante el Registro de la Propiedad en beneficio de los miles de clientes de escasos recursos que la organización representa. “El Tribunal Supremo reiteró que los requisitos de pago de aranceles al Registro de la Propiedad no aplican a las personas indigentes representadas por SLPR, como tampoco aplican en los trámites judiciales. En la decisión quedó demostrado que por imperativo constitucional los indigentes se clasifican como exentos de pagos como el de la controversia que presentamos. Esta decisión elimina barreras y es un logro para el acceso a la justicia para las personas indigentes”, explicó la licenciada Hadassa Santini Colberg, directora ejecutiva. El inicio de este caso se remonta al 1 de octubre de 2019 cuando la Registradora de la Propiedad de la Sección San Juan V negó la inscripción de la vivienda principal de una persona discapacitada e indigente, que recibía como donación las participaciones de sus hermanas a la vivienda que dejaron sus padres como herencia, alegando que debía pagar por la inscripción en el Registro. El pago de aranceles totalizaba más de $1300. “No pudiendo resolver la controversia sobre la exención de pagos de los clientes de SLPR con el Registro y cumpliendo con nuestra misión de defender el acceso a la justicia a la clase pobre y trabajadora de nuestra isla, nuestra organización presentó un recurso ante el Tribunal Supremo”, destacó la licenciada Luisselle Quiñones Maldonado, directora de la División de Litigios de la entidad sin fines de lucro. El pasado 24 de febrero el Tribunal Supremo notificó su opinión, escrita por el juez asociado Erick V. Kolthoff Caraballo, que de manera unánime revocó a la Registradora de la Propiedad. La decisión también hace referencia a la exposición de motivos de la Ley número 122 de 9 de junio de 1967, según enmendada, que establece que SLPR está exenta de toda clase de aranceles o impuestos de cualquier naturaleza en la tramitación de procedimientos judiciales, notariales y en la expedición de certificaciones gubernamentales, así como también de los asuntos en que estén interviniendo a favor de los indigentes, inclusive los aranceles que se paga en el Registro de la Propiedad. “Como abogada de esta entidad me siento orgullosa del trabajo que realizamos día a día para garantizar los derechos de las personas más vulnerables de nuestra sociedad y en este caso en particular, aliviada de que a nuestros clientes no se le volverá a negar el acceso al Registro de la Propiedad con la importancia que tiene el acceso especialmente en la reconstrucción de viviendas por razón de los desastres que hemos sufrido” destacó la licenciada Quiñones Maldonado. SLPR ofrece a personas y grupos elegibles servicios gratuitos en las áreas del derecho como familia, vivienda, empleo, derecho ambiental y comunitario, menores, salud, educación, consumidores, protección al adulto mayor, declaraciones juradas, entre otros asuntos. En el año 2021 la organización cerró 18, 246 casos que impactaron un total de 46, 518 personas. En el año 2022, la organización cerró un total de 19, 400 casos. Para más información sobre la organización puede visitar el portal servicioslegales.org. También en las redes sociales de Facebook @slprinc e Instagram @servicioslegalespr. ## Para ver la decisión: https://dts.poderjudicial.pr/ts/2023/2023tspr18.pdf
LEER MÁSPor: Lic. Karen L. Ayala, gerente del Proyecto de Educación Especial de Servicios Legales de Puerto Rico Si tiene un joven en escuela secundaria, como padre, madre o encargado es bastante probable que se pregunte: “¿Qué sucederá luego de la graduación?”. Esta es una pregunta que puede ser estresante para cualquier persona, pero para un estudiante de un programa de educación especial puede ser aún más complicado. Y surgen dudas y preguntas de cómo hacer esa transición de la escuela a otra alternativa o etapa que puede incluir educación postsecundaria, adiestramiento vocacional, empleo, educación de adultos, vida independiente y experiencias en la comunidad. Los servicios de transición para estudiantes de educación especial son servicios que los ayudan a pasar de la escuela a la vida adulta, y deben estar basados en las preferencias, fortalezas e intereses del estudiante. Esta transición debe comenzar antes de que el menor cumpla 16 años para facilitar ese cambio de educación especial a otras actividades postescolares. Este proceso es ordenado por la Ley IDEA, ley federal que guía cómo los estados, las agencias educacionales y las escuelas públicas ofrecen educación especial y servicios relacionados a los niños con diversidad funcional que son elegibles. Esta Ley requiere que al menos un año antes de que el joven alcance la “mayoría de edad” y se convierta legalmente en adulto, la escuela lo oriente sobre sus responsabilidades futuras, junto con los padres y encargados. En un momento del proceso todo se coordinará directamente con el estudiante ya que se entiende que cuando el estudiante llega a su mayoría de edad – 21 años en Puerto Rico – asumirá el control legal sobre su ubicación educativa, registros educativos, elegibilidad, evaluaciones, entre otros procesos. Este proceso de transición es uno individualizado y se trabaja desde el Programa de Educación Especial adscrito al Departamento de Educación. El mismo va a estar fundamentado en las fortalezas, preferencias e intereses del joven y su visión de vida luego de completar la escuela superior. También considera oportunidades y adaptaciones para desarrollar habilidades funcionales para el trabajo y la vida en comunidad. Para esto el estudiante debe tener un equipo de transición compuesto por su Comité de Programación y Ubicación (COMPU) y representantes de agencias como Rehabilitación Vocacional, Departamento de la Familia, entre otras. En Puerto Rico la etapa de transición de la etapa escolar a la adulta inicia con la exploración ocupacional entre los 12 y 13 años. Actualmente está dividido en cuatro fases desde los 12 a 18 años, o 22 años para aquellos estudiantes que su meta es la preparación para la vida adulta. Cada actividad que conduzca a la transición debe estar detallada en un documento que se conoce como Programa Educativo Individualizado (PEI), incluyendo los recursos responsables de esa actividad y el periodo de tiempo para el comienzo y terminación de esas experiencias. Existe otro documento conocido como Resumen de Desempeño (en inglés Summary of Performance, SOP por sus siglas) que la escuela debe proporcionar antes de que el estudiante se gradúe de la escuela secundaria o cumpla 22 años que resume los niveles de rendimiento académico y funcional y las necesidades de transición en el momento en que el estudiante completa la escuela. Este documento debe incluir recomendaciones sobre cómo ayudar al estudiante a alcanzar sus metas posteriores a la secundaria, recomendaciones para la búsqueda de empleo, servicios para su vida independiente o participación en la comunidad. Son muchos los derechos que cobijan a las familias y estudiantes con relación a la educación especial, si una persona identifica que no se ha iniciado el proceso de transición adecuadamente, debe asesorarse para que se cumpla con esta etapa tan importante. El Proyecto de Educación Especial de Servicios Legales de Puerto Rico ofrece servicios de asesoramiento y representación legal gratuita a personas elegibles, puede orientarse llamando al 1-800-981-2626.
LEER MÁSLa Comisión Federal de Comunicaciones ha anunciado un programa para mejorar el acceso a Internet de alta velocidad para los ciudadanos estadounidenses que viven bajo el nivel de pobreza. El Programa de Descuentos para Internet (Affordable Conectivity Program, ACP, por sus siglas en inglés) ofrece un descuento de hasta $30 por mes para el servicio de Internet para hogares elegibles y hasta $75 por mes para los hogares en tierras tribales que califican. Muchos de los principales proveedores de servicios de Internet que cubren más del 80% de la población de los Estados Unidos se han comprometido a ofrecer a los hogares elegibles para ACP planes de Internet de alta velocidad y alta calidad por no más de $30 al mes. Estos permitirían a los hogares elegibles al ACP recibir el servicio de Internet de alta velocidad sin costo alguno. Los hogares elegibles también pueden recibir un descuento único de hasta $100 para comprar una computadora portátil, computadora de escritorio o tableta de los proveedores participantes si contribuyen con más de $10 y menos de $50 para el precio de compra. Puede encontrar información adicional sobre el Programa de Descuentos para Internet aquí: o en este número de teléfono: (877) 384-2575.
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